Los husos horarios son zonas de una anchura igual a 15º de longitud
geográfica partiendo del Meridiano 0 (Greenwich) como centro del primer huso.
Los husos horarios sirven para determinar un patrón horario mundial, por conveniencias económica, comercial, de transporte y comunicación, entre otros.
Nuestro país se encuentra ubicado entre el Cuarto (60°) y el Quinto (75°) huso horario. A partir del 09 de diciembre de 2007, según Decreto Nº 5.693 emitido por la Presidencia de la República y publicado en la Gaceta oficial Nro. 38.819, fue reformada y adaptada la Hora Legal al meridiano UTC 67º 30’ que pasa por Villa de Cura; en consecuencia, desde esa fecha la Hora Legal de la República Bolivariana de Venezuela es de UTC - 4:30. Ello significa que tiene cuatro horas y medias de retraso con respecto al Meridiano de Greenwich. Tal y como se muestra en la siguiente imagen
UTC significa Tiempo Universal Coordinado y se toma en
referencia al Meridiano de Greenwich, también conocido como meridiano
origen o meridiano 0°.
Desde 1965 hasta el 2007 la hora legal fue de -4 horas y tomaba como
referencia el meridiano 60° que pasa por Punta Playa en el estado Delta
Amacuro.
Si deseas obtener más información sobre este tema puedes revisar
los siguientes enlaces:
http://www.tayabeixo.org/articulos/huso_venezuela.htm
http://es.wikipedia.org/wiki/Hora_legal_de_Venezuela
http://es.wikipedia.org/wiki/Tiempo_universal_coordinado#Zonas_horarias_por_pa.C3.ADs_respecto_del_UTC
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